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V3301-16 13 juillet 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · entidad urbanística de conservación

Exonération de TVA pour les services de conservation des espaces publics par les entités urbanistiques

La question porte sur l'application de la TVA par les entités urbanistiques de conservation et leur droit à la déduction de la taxe sur leurs dépenses. La DGT détermine que la conservation des espaces faisant partie du domaine et de l'usage public est exonérée, contrairement à celle des espaces privés.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de deducción de los gastos soportados por la entidad urbanística de conservación.

La position de la DGT

Las prestaciones de servicios para la conservación de la obra urbanizadora de espacios libres de dominio y uso público están exentas por el artículo 20.Uno.12º de la Ley 37/1992. Esta exención no se aplica a la conservación de espacios de dominio y uso privado ni a servicios distintos a los reseñados por el Tribunal Supremo. Al ser operaciones exentas, los servicios adquiridos por la entidad para estas actividades no generan derecho a deducción. La exención del artículo 20.Uno.12º no puede ser objeto de renuncia.

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