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V3278-16 13 juillet 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial

Une fusion peut bénéficier du régime spécial si elle respecte les conditions commerciales et présente des motifs économiques valables

Une société holding s'interroge sur l'éligibilité de son opération de fusion au régime fiscal spécial de la LIS. La DGT précise qu'elle doit se conformer au droit des sociétés et ne pas avoir pour objectif principal la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse bajo la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.c) de la LIS. Además, debe realizarse por motivos económicos válidos, como la reestructuración o racionalización de actividades, y no con la mera finalidad de obtener una ventaja fiscal. Los motivos de simplificación y racionalización de la estructura descritos se consideran económicamente válidos.

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