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V3266-14 4 décembre 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IRPF · aportación no dineraria

Application du régime spécial d'apport d'actions sous réserve du respect des conditions du TRLIS et de motifs économiques valables

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'assujettir l'apport d'une participation de 50 % d'une société à une nouvelle entité au régime spécial d'apport d'actifs. La DGT précise que ce régime est applicable si les conditions de participation, de résidence et de détention ininterrompue sont remplies et que l'opération repose sur des motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII, del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

La position de la DGT

Para que la aportación de acciones por personas físicas se acoja al régimen especial, la entidad aportada debe ser residente en España, no ser una agrupación de interés económico ni tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario bajo ciertos límites, y las acciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, tras la aportación, el sujeto debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora. Finalmente, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos y no a la mera búsqueda de una ventaja fiscal.

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