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V3199-18 14 décembre 2018 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

La classification de l'activité de portails web selon sa nature matérielle dans les rubriques de l'IAE

Une société s'interroge sur la rubrique de l'IAE applicable à l'activité de « Portails Web » en l'absence de catégorie spécifique. La DGT précise que la classification dépend de la nature des services fournis, qu'il s'agisse de conception, de gestion ou de commercialisation.

La question posée

Cuestión planteada Desea saber, dado que no existe un epígrafe con el mismo contenido dentro de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, dónde se debería encuadrar dicha actividad, denominada "Portales Web".

La position de la DGT

Si la actividad no está especificada en las Tarifas, se clasificará en el grupo de actividades no clasificadas en otras partes (n.c.o.p.) que más se le asemeje o en la rúbrica de la actividad similar por su naturaleza. El diseño de páginas web por encargo se clasifica en el grupo 845, mientras que si incluye gestión, mantenimiento o publicidad, corresponde al grupo 844. Si se realizan servicios por redes informáticas o comercialización de productos, se debe aplicar la rúbrica correspondiente a la verdadera naturaleza de la actividad.

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