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V3199-18 14. Dezember 2018 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

Einordnung der Tätigkeit von Webportalen in die IAE-Epigraphen nach ihrer materiellen Natur

Ein Unternehmen erkundigt sich, in welchen IAE-Epigraphen die Tätigkeit „Webportale“ einzuordnen ist, da kein spezifischer Eintrag existiert. Die DGT stellt klar, dass die Klassifizierung von der Art der erbrachten Dienstleistungen abhängt, sei es Design, Verwaltung oder Vermarktung.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Desea saber, dado que no existe un epígrafe con el mismo contenido dentro de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, dónde se debería encuadrar dicha actividad, denominada "Portales Web".

Die Entscheidung der DGT

Si la actividad no está especificada en las Tarifas, se clasificará en el grupo de actividades no clasificadas en otras partes (n.c.o.p.) que más se le asemeje o en la rúbrica de la actividad similar por su naturaleza. El diseño de páginas web por encargo se clasifica en el grupo 845, mientras que si incluye gestión, mantenimiento o publicidad, corresponde al grupo 844. Si se realizan servicios por redes informáticas o comercialización de productos, se debe aplicar la rúbrica correspondiente a la verdadera naturaleza de la actividad.

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