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V3184-21 22 décembre 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · actividad exenta

Livraison d'un véhicule affecté à une activité exonérée : assujettissement mais exonération de la TVA sans déduction préalable

Une gestionnaire s'interroge sur le régime fiscal du véhicule reçu suite à la liquidation de sa société. La DGT précise que la livraison est assujettie mais exonérée de TVA si le bien était affecté à des activités exonérées et qu'aucune taxe n'a été déduite lors de son acquisition, sauf s'il s'agit d'un bien d'investissement en période de régularisation.

La question posée

Cuestión planteada Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido por parte de la consultante tras la adjudicación del vehículo como consecuencia de la liquidación de la sociedad.

La position de la DGT

La entrega de un vehículo afecto a la actividad empresarial de una sociedad está sujeta al IVA. Si el vehículo se utilizó en operaciones exentas y no se pudo deducir el impuesto en su adquisición, la entrega estará sujeta pero exenta según el artículo 20.Uno.24º de la Ley 37/1992. No obstante, si el vehículo es un bien de inversión y la entrega ocurre dentro del periodo de regularización, la operación estará sujeta y no exenta. En caso de que solo una parte del vehículo estuviera afecta al patrimonio empresarial, la base imponible se calculará solo sobre el porcentaje de afectación.

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