Aller au contenu
Retour à l'index
V2914-16 23 juin 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión

Les fusions entre OPC peuvent bénéficier du régime spécial d'IS sous réserve de conformité légale et de motifs économiques valables

Une société de gestion d'OPC interroge la DGT sur la possibilité d'appliquer le régime spécial d'IS lors de la fusion de plusieurs fonds sous sa gestion, à condition que les motifs soient économiques. La DGT confirme que cela est possible si les conditions de l'article 76.1 de la LIS sont remplies et que les motifs invoqués sont jugés valables.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si las operaciones mencionadas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la LIS y si las razones expuestas pueden considerarse como motivos económicos válidos a los efectos de lo previsto en el artículo 89.2 de la LIS.

La position de la DGT

Las operaciones de fusión entre IIC pueden acogerse al régimen especial de la LIS si se realizan en el ámbito mercantil y cumplen el artículo 76.1. Los motivos de seguridad jurídica, reducción de costes de administración, incremento de masa patrimonial, diversificación y limitación de responsabilidad de administradores se consideran motivos económicos válidos según el artículo 89.2. En tales casos, los socios residentes en España no integrarán en su base imponible las rentas por la atribución de valores, valorándose estos por su valor fiscal.

Email
Contact