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V2899-16 22 juin 2016 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

Le design graphique est imposé en tant que professionnel ou entreprise selon l'existence d'une organisation

Une professionnelle des beaux-arts s'interroge sur les rubriques de l'IAE applicables à ses activités de design graphique et de photographie. La DGT précise que le régime du design dépend de l'exercice en nom propre ou via une organisation, et indique la rubrique spécifique pour la photographie.

La question posée

Solicita, dado que tiene dudas sobre la idoneidad del grupo donde está dada de alta, información sobre la rúbricas (grupos o epígrafes) de las Tarifas donde se debe dar de alta por el ejercicio de dichas actividades.

La position de la DGT

Para el diseño gráfico, si la persona física desarrolla la actividad directamente y personalmente sin una organización empresarial, debe darse de alta como profesional en el grupo 399. Si la actividad se ejerce mediante una organización empresarial desvinculada de la personalidad del diseñador, corresponde el epígrafe 843.9. Para la actividad de fotografía, el epígrafe correcto es el 973.1.

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