Aller au contenu
Retour à l'index
V2709-17 24 octobre 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportaciones no dinerarias

Conditions d'application du régime spécial des apports en nature : respect de la LIS et existence de motifs économiques valables

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'assujettir l'apport d'actions d'une société à une autre au régime spécial de la LIS et sur le caractère économique de ses objectifs. La DGT précise que les conditions de participation et de détention doivent être remplies et que les motifs invoqués peuvent être considérés comme valables.

La question posée

Cuestión planteada 1) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de una entidad que no sea una agrupación de interés económico ni tenga como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Además, deben poseerse ininterrumpidamente durante el año anterior a la aportación y el aportante debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora. La operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

Email
Contact