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V2635-20 12 août 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen especial de agencias de viajes

Application du régime général de TVA au lieu du régime spécial des agences de voyages pour les clients assujettis au droit à déduction

Le consultant prévoit d'organiser des voyages et des activités de loisirs en Espagne pour des clients entreprises de l'UE et des États-Unis. La DGT détermine qu'il doit s'immatriculer à l'IAE en tant qu'agence de voyages et qu'il peut opter pour le régime général de TVA pour certaines opérations spécifiques.

La question posée

Cuestión planteada 1.Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas en el que debería darse de alta y posibilidad de aplicar el régimen general del Impuesto sobre el Valor Añadido y de tener derecho a la deducción del Impuesto soportado.

La position de la DGT

La actividad de organizar viajes con alojamiento o transporte constituye una actividad de agencia de viajes (grupo 755 del IAE). En el IVA, se aplica el régimen especial de agencias de viajes cuando se actúa en nombre propio utilizando servicios de terceros. No obstante, el sujeto pasivo puede optar por el régimen general, operación por operación, cuando el destinatario sea un empresario o profesional con derecho a la deducción o devolución del impuesto. Esta opción debe comunicarse por escrito al destinatario de forma previa o simultánea a la prestación.

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