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V2548-19 19 septembre 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · relación laboral especial de alta dirección

L'indemnité de rupture du contrat de travail de la haute direction n'est pas exonérée de l'IRPF

Un dirigeant a demandé si son indemnité de licenciement, suite à une décision de justice, pouvait bénéficier d'une exonération fiscale. La DGT répond qu'en l'absence de plafond obligatoire pour la haute direction, l'intégralité de l'indemnité est imposée en tant que revenu du travail.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación a la indemnización por la extinción de la relación laboral especial de alta dirección, de la exención contemplada en el artículo 7 e) de la Ley del Impuesto y de la reducción por irregularidad contemplada en el artículo 18.2 de dicha ley.

La position de la DGT

La indemnización por extinción de una relación laboral especial de alta dirección tiene la naturaleza de rendimiento del trabajo y no goza de la exención del artículo 7 e) de la LIRPF. No obstante, puede aplicarse la reducción del 30% del artículo 18.2 si el periodo de generación es superior a dos años. En caso de cobro fraccionado, la reducción solo aplica si el cociente entre años de generación y periodos de fraccionamiento es superior a dos.

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