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V2523-20 23 juillet 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · asistencia jurídica

Les services d'assistance juridique pour les usagers des services sociaux sont soumis à une TVA de 10 %

Une avocate s'interroge sur le taux de TVA applicable aux services d'assistance juridique fournis aux usagers des services sociaux d'une communauté de communes. La DGT détermine que, la professionnelle n'étant pas un établissement privé à caractère social, les services sont soumis au taux réduit de 10 %.

La question posée

Cuestión planteada Tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a los servicios descritos.

La position de la DGT

Los servicios de asistencia jurídica a usuarios de servicios sociales que solicitan ayudas por Covid-19 están sujetos al IVA. No se aplica la exención del artículo 20.1.8º porque la abogada no tiene la condición de establecimiento privado de carácter social. Por tanto, se aplica el tipo reducido del 10% según el artículo 91.uno.2.7º de la Ley 37/1992. Si los servicios jurídicos no se consideran incluidos en un programa de asistencia social, se aplicará el tipo general del 21%.

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