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V2501-17 5 octobre 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les indemnités pour suspension de contrat ne bénéficient d'aucune exonération ni réduction de 30 %

Un travailleur s'interroge sur l'imposition des indemnités perçues au titre d'un congé sans solde rémunéré conventionné. La DGT détermine que ces sommes constituent des revenus du travail, sans exonération ni réduction pour irrégularité.

La question posée

Cuestión planteada Calificación y tributación de las cantidades percibidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Las compensaciones por la suspensión de la relación laboral son rendimientos del trabajo y no gozan de la exención por despido porque la suspensión no resuelve el contrato. Tampoco se aplica la reducción del 30% por obtención irregular de rentas, ya que el derecho nace del acuerdo y no por la extinción de la relación laboral. El reembolso del coste de un convenio especial con la Seguridad Social es un rendimiento íntegro del trabajo.

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