Aller au contenu
Retour à l'index
V2457-19 16 septembre 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime de neutralité fiscale aux apports en nature sous réserve du respect des conditions de l'IS

Une consultation porte sur la conformité d'un apport de parts sociales aux conditions du régime de neutralité fiscale. La DGT précise que ce régime s'applique si les seuils de participation et la détention ininterrompue sont respectés, à condition qu'il n'y ait ni fraude ni évasion fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación planteada reúne los requisitos para que sea de aplicación el régimen de neutralidad fiscal regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. El aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. En caso de aportación de acciones por personas físicas, estas deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior. El régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o carece de motivos económicos válidos.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

Email
Contact