Aller au contenu
Retour à l'index
V2455-21 28 septembre 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · entidad de nueva creación

Application du taux réduit de 15 % aux nouvelles entités sous conditions d'activité et d'indépendance

Une entité créée en 2018 s'interroge sur l'éligibilité au taux réduit de 15 % lors de son premier exercice bénéficiaire. La DGT précise que ce taux peut être appliqué si l'entité exerce une activité économique, n'appartient pas à un groupe au sens du Code de commerce et que son activité n'a pas été transmise par des personnes ou entités liées.

La question posée

Cuestión planteada Si en el periodo impositivo 2018 resulta de aplicación a la entidad consultante el tipo reducido del 15% previsto en el artículo 29.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, sobre la totalidad de la base imponible positiva obtenida en dicho periodo.

La position de la DGT

Las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas pueden tributar al tipo del 15% en el primer periodo con base positiva y en el siguiente. No se aplicará este tipo si la entidad forma parte de un grupo según el artículo 42 del Código de Comercio. Tampoco se considerará iniciada una actividad si esta fue realizada previamente por entidades o personas vinculadas y transmitida a la nueva entidad, o si fue ejercida el año anterior por una persona física con una participación superior al 50% en la nueva entidad.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

Email
Contact