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V2374-16 31 mai 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · aportación no dineraria

L'apport d'une unité économique autonome à une société peut bénéficier du régime spécial de l'IRPF et être exonéré de TVA

Un professionnel de la confiserie s'interroge sur le traitement fiscal de l'apport de l'ensemble des éléments de son activité (immeubles, machines, stocks) à une société. La DGT analyse l'incidence au regard de l'IRPF, de la TVA, de l'ITP/AJD et de l'IIVTNU.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal de dicha operación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas, Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentos e Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.

La position de la DGT

En IRPF, las existencias tributan como rendimientos de actividad económica, mientras que el resto de elementos pueden acogerse al régimen especial de aportaciones no dinerarias si existen motivos económicos válidos. En IVA, la transmisión no está sujeta si se aporta una unidad económica autónoma. En ITP y AJD, la operación puede estar no sujeta por reestructuración o exenta. En IIVTNU, no se devenga si se cumplen los requisitos del régimen especial de la LIS y los terrenos integran una rama de actividad.

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