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V2365-14 10 septembre 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · subvenciones vinculadas al precio

Les contributions de tiers à la publicité sont soumises à la TVA si elles constituent une contrepartie ou des subventions liées au prix

Une association d'entrepreneurs à but non lucratif s'interroge sur l'assujettissement à la TVA des contributions publicitaires et la déductibilité de ses dépenses. La DGT détermine que les contributions de tiers sont soumises à l'impôt si elles constituent une contrepartie ou des subventions liées au prix, et que la déductibilité des dépenses dépendra de l'application de la règle du prorata ou de la distinction par secteurs.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto de las aportaciones de terceros para la campaña de publicidad. Deducibilidad de las cuotas soportadas en las facturas de gasto de dicha campaña y en los trabajos del programa de diseño, así como en los gastos de gestión corrientes.

La position de la DGT

Las aportaciones de terceros para campañas de publicidad están sujetas a IVA cuando actúan como contraprestación o como subvenciones vinculadas directamente al precio. Las subvenciones se consideran vinculadas al precio si se establecen en función del volumen de servicios y se determinan con anterioridad a la operación. La deducibilidad de las cuotas soportadas en gastos dependerá de si se utilizan en operaciones sujetas y no exentas, debiendo aplicarse la regla de prorrata o el régimen de sectores diferenciados según corresponda.

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