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V2335-21 18 août 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IVA · deducción de cuotas

Déduction de la TVA sur les véhicules de tourisme : présomption de 50 % et conditions d'affectation à l'IRPF

Un travailleur indépendant s'interroge sur la fiscalité liée à l'acquisition d'un troisième véhicule à usage professionnel. La DGT précise les règles de déduction de la TVA ainsi que les conditions d'affectation pour l'IRPF.

La question posée

Tributación de la adquisición del vehículo en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

En el IVA, los vehículos de turismo se presumen afectados al 50% de la actividad, salvo que se acredite un grado distinto o pertenezcan a la lista de afectación al 100%. Los gastos de combustible y mantenimiento se deducen según su relación con la actividad, independientemente de la afectación del vehículo. En el IRPF, para deducir gastos o amortizaciones, el vehículo debe ser un elemento patrimonial afecto, lo que exige uso exclusivo salvo en las excepciones legales de uso personal accesorio.

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