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V2291-19 5 septembre 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo por ascendientes

Application du minimum pour ascendant si les revenus nets, après déduction des 2 000 euros de l'art. 19.2.f), sont inférieurs à 8 000 euros

Le demandeur souhaite savoir s'il est possible de déduire les 2 000 euros de frais prévus à l'art. 19.2.f) de l'IRPF afin que le revenu de son ascendant ne dépasse pas le seuil de 8 000 euros. La DGT confirme que le revenu net du travail doit être calculé après l'application de la réduction de l'art. 18 et la déduction de l'ensemble des frais de l'art. 19, y compris les 2 000 euros.

La question posée

Cuestión planteada Si puede, a efectos del cálculo de los 8.000 euros anuales, minorar las retribuciones del ascendiente en los 2.000 euros anuales establecidos en el artículo 19.2.f) de la LIRPF, para poderse aplicar el mínimo por ascendiente a cargo.

La position de la DGT

Para aplicar el mínimo por ascendientes, las rentas anuales del beneficiario no deben superar los 8.000 euros, excluidas las exentas. El rendimiento neto del trabajo a tener en cuenta es el definido en el artículo 19 de la LIRPF, el cual incluye la minoración por la reducción del artículo 18 y la deducción de todos los gastos del apartado 2, incluido el gasto específico de 2.000 euros de la letra f).

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