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V2241-21 5 août 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · entrega de bienes

L'apport d'un local commercial à une société en participation est assujetti à la TVA, mais peut être exonéré

Une société en participation destinée à la location d'immeubles reçoit un local commercial apporté par ses associés. La DGT analyse si cet apport est assujetti à la TVA et son incidence sur la déductibilité des taxes supportées.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a dicha entrega. Posibles efectos de la entrega del inmueble en la deducibilidad de las cuotas soportadas en su adquisición.

La position de la DGT

La aportación de elementos del patrimonio empresarial de los comuneros a la comunidad de bienes se considera entrega de bienes sujeta a IVA. No obstante, si se trata de una segunda o ulterior entrega de edificaciones, la operación estará exenta, salvo que el transmitente renuncie a dicha exención. En caso de renuncia, el sujeto pasivo será el empresario que recibe la entrega. Respecto a la deducibilidad, la entrega de un bien de inversión exenta o no sujeta obliga a regularizar las deducciones, considerando que el bien se empleó en operaciones que no originan derecho a deducción.

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