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V2181-18 23 juillet 2018 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
OTRO · precio público

Les prix publics ne revêtent pas la nature d'un impôt

Une consultation porte sur la qualification du prix public en tant qu'impôt et sur la possibilité de son exigibilité en l'absence de service rendu. La DGT précise que les prix publics ne sont pas des impôts.

La question posée

Cuestión planteada Consideración del precio público como tributo. Exigencia del mismo sin responder a un servicio efectivamente prestado.

La position de la DGT

Los precios públicos son contraprestaciones pecuniarias por servicios o actividades en régimen de Derecho Público que también ofrece el sector privado y son de solicitud voluntaria. No tienen la naturaleza de tributo. Su cuantía puede establecerse por Orden ministerial o Resolución de Organismos Públicos. La Ley 8/1989 se aplica de forma supletoria a la legislación de las Comunidades Autónomas o Haciendas Locales.

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