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V2168-19 13 août 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial d'apport et de scission sous réserve du respect de la LIS et de motifs économiques valables

Une consultation porte sur la possibilité pour une opération d'apport de participations et une scission totale de bénéficier du régime spécial de la LIS et sur l'existence de motifs économiques valables. La DGT précise que le régime s'appliquera si les conditions légales sont remplies et que les motifs invoqués sont jugés valables, sous réserve de la réalité des faits.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para la aportación no dineraria, se requiere que la entidad receptora sea residente o tenga establecimiento permanente, que el aportante participe al menos un 5% de los fondos propios y que las participaciones se posean ininterrumpidamente durante el año anterior. En la escisión total, si el socio único recibe las participaciones de forma proporcional, no es necesario que los patrimonios constituyan ramas de actividad. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, requiriéndose motivos económicos válidos. Los motivos de reestructuración y gestión planteados podrían considerarse válidos, aunque su calificación depende de la comprobación de los hechos.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

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