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V2140-19 13 août 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · prestación de servicios

Le client est le redevable de la TVA pour des services informatiques fournis par une entreprise des Canaries

Une entreprise des Canaries fournit des services de conseil informatique à un client sur le continent. La DGT détermine que l'opération est soumise à la TVA par le mécanisme de l'autoliquidation et que les services des informaticiens sous-traités ne sont pas assujettis à la TVA étatique.

La question posée

Cuestión planteada Lugar de realización de las operaciones efectuadas por la consultante a favor de sus clientes y, en ese caso, a quién corresponde la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido. Igualmente, si las operaciones por los informáticos subcontratados a favor de la consultante están sujetas al impuesto.

La position de la DGT

Los servicios de la consultante están sujetos al IVA porque el cliente es un empresario establecido en el territorio de aplicación del impuesto. Al no tener la consultante un establecimiento permanente en la península, el sujeto pasivo es el destinatario mediante la inversión del sujeto pasivo. Los servicios de los informáticos subcontratados no están sujetos al IVA estatal por no estar la consultante establecida en el territorio de aplicación del impuesto.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

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