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V2084-17 3 août 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · renta imputada

Application du taux de 1,1 % de la valeur cadastrale pour l'imputation des revenus immobiliers sous certaines conditions

Le demandeur s'interroge sur l'imputation des revenus immobiliers de ses biens. La DGT précise que le taux applicable (1,1 % ou 2 %) dépend de la mise à jour ou de l'évaluation collective de la valeur cadastrale.

La question posée

Cuestión planteada Renta inmobiliaria a imputar.

La position de la DGT

La renta imputada por bienes inmuebles urbanos o rústicos con construcciones no afectos a actividades económicas es el 2 por ciento del valor catastral. Se aplicará el 1,1 por ciento si los valores catastrales han sido revisados, modificados o determinados mediante valoración colectiva de carácter general y han entrado en vigor en el período impositivo o en los diez anteriores.

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