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V2083-20 23 juin 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · prestación por maternidad

Exonération de l'IRPF pour les prestations de maternité ou de paternité de la Sécurité sociale

Une question a été posée pour savoir si les prestations de maternité de la Sécurité sociale sont exonérées d'IRPF suite à la doctrine de la Cour suprême. La DGT confirme que ces prestations, ainsi que celles de paternité, sont exonérées conformément à l'article 7.h) de la LIRPF.

La question posée

Cuestión planteada Si dicha prestación por maternidad satisfecha por la Seguridad Social tiene la consideración de renta exenta de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018.

La position de la DGT

Las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas de los regímenes públicos de la Seguridad Social están exentas de IRPF. Esta exención se aplica hasta el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social, tributando el exceso como rendimiento del trabajo. Actualmente, estas prestaciones se denominan prestación por nacimiento y cuidado del menor.

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