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V1972-23 6 juillet 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Application de la neutralité fiscale lors d'un échange de titres pour une restructuration d'entreprise sous conditions

Une personne physique envisage d'échanger ses participations dans deux sociétés contre des participations dans une société holding. La DGT précise que l'opération peut bénéficier du régime de neutralité fiscale si les conditions légales sont respectées et que les motifs sont d'ordre économique.

La question posée

En relación con el Impuesto sobre Sociedades, si la operación planteada puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal del Capítulo VII del Título VII de la LIS, habida cuenta de los motivos económicamente válidos anteriormente expuestos.

La position de la DGT

En el Impuesto sobre Sociedades, el canje de valores puede acogerse a la neutralidad fiscal si la entidad adquirente obtiene la mayoría de derechos de voto y se cumplen los requisitos del artículo 80 de la LIS. Para el IRPF, el socio no integrará renta si se aplica dicho régimen de neutralidad. En el IVA, la operación estará exenta salvo que se trate de una excepción por elusión de impuestos sobre inmuebles. En el ITPAJD, la operación no estará sujeta a la modalidad de operaciones societarias y estará exenta en las modalidades de transmisiones onerosas y actos jurídicos documentados.

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