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V1967-20 16 juin 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · reducción por inicio de actividad

Possibilité d'appliquer la réduction pour début d'activité sans exercice d'activité économique l'année précédente

Un contribuable s'interroge sur l'éligibilité à la réduction pour début d'activité après avoir cessé une activité antérieure. La DGT confirme que la condition de non-exercice d'activité au cours de l'année précédant immédiatement le début de la nouvelle est remplie.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación de la reducción por inicio de actividad.

La position de la DGT

Los contribuyentes que inicien una actividad económica por estimación directa pueden reducir un 20 por ciento el rendimiento neto positivo en el primer período en que este sea positivo y en el siguiente. Para ello, no se debe haber ejercido actividad económica en el año anterior a la fecha de inicio. En este caso, al cesar la actividad el 30 de septiembre de 2016 e iniciar la nueva el 1 de enero de 2018, se cumple el requisito de no haber ejercido actividad en el año inmediato anterior.

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