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V1928-20 12 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

La fusion par absorption peut bénéficier du regime special si elle remplit les conditions commerciales et economiques

Une entreprise demande si son projet de fusion par absorption d'une entite appartenant a son groupe peut appliquer le regime special des fusions. La DGT indique que cela requiert le respect de la reglementation commerciale et des conditions de l'Impot sur les Societes, a condition que l'objectif principal ne soit pas l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. Además, no se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos alegados por la consultante podrían ser económicamente válidos, aunque su calificación depende de los hechos reales.

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