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V1746-15 2 juin 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · deducción por producción audiovisual

Détermination des dépenses déductibles pour la production d'œuvres audiovisuelles étrangères en Espagne

Une société de production espagnole s'interroge sur les dépenses éligibles à la base de déduction pour la production d'œuvres audiovisuelles étrangères. La DGT précise quels concepts relatifs au personnel créatif et aux industries techniques sont applicables, tout en fixant les limites et les conditions temporelles.

La question posée

Cuestión planteada 1) ¿Cuáles de los gastos anteriores formarían parte de la base de la deducción prevista en el artículo 36.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre?

La position de la DGT

La base de la deducción incluye gastos de personal creativo (con residencia fiscal en España o el EEE y límite de 50.000€ por persona) y gastos de industrias técnicas y otros proveedores. Se incluyen costes de producción, realización, escenografía, vestuario, efectos especiales, equipos técnicos, personal complementario, manutención, transporte nacional, alquiler de locales y seguros. Quedan excluidos los gastos administrativos, asesoría jurídica/laboral y el transporte de material desde el extranjero. La deducción se aplica en el periodo en que finalice la producción y, en el caso de series, se entiende por producción la temporada completa.

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