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V1637-17 22 juin 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

L'indemnité pour licenciement abusif est exonérée dans la limite légale ou de 180 000 euros

Le demandeur s'interroge sur l'exonération d'une indemnité pour licenciement abusif et l'application de la réduction pour irrégularité. La DGT précise que la part exonérée est celle qui ne dépasse pas les limites du Statut des Travailleurs ni les 180 000 euros, et que l'excédent peut bénéficier d'une réduction de 30 % sous certaines conditions.

La question posée

Aplicación de la exención regulada en el artículo 7 e) de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la reducción del 30% por irregularidad prevista en el artículo 18.2 de la misma Ley. Asimismo, se consulta si las retenciones a practicar deben tener en cuenta la referida reducción en caso de resultar aplicable.

La position de la DGT

La indemnización por despido improcedente estará exenta con el límite del menor de la cuantía establecida en el Estatuto de los Trabajadores y 180.000 euros. El exceso se califica como rendimiento del trabajo y puede aplicar la reducción del 30% si el cociente entre el periodo de generación y los periodos de fraccionamiento es superior a dos. Para calcular las retenciones, la entidad debe minorar la cuantía total de las retribuciones sujetas por las reducciones previstas en el artículo 18.2 de la LIRPF.

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