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V1588-21 26 mai 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · renting

Déduction des frais de location longue durée : l'exclusivité de l'usage professionnel est requise

Un professionnel a sollicité l'avis de la DGT concernant la déductibilité des frais liés à un contrat de location longue durée et à l'entretien d'un véhicule. La DGT précise que, pour être déductibles, ces frais doivent concerner un véhicule affecté exclusivement à l'activité économique.

La question posée

Cuestión planteada Deducibilidad en el IRPF de los gastos derivados del contrato de renting y del mantenimiento del vehículo.

La position de la DGT

La deducibilidad de los gastos de un vehículo requiere su afectación exclusiva a la actividad económica, ya que los automóviles de turismo no se consideran de uso accesorio para necesidades privadas. Si el contrato de renting cumple los requisitos del artículo 106 de la LIS, serán deducibles la carga financiera y la parte de la cuota correspondiente a la recuperación del coste, con los límites establecidos. En caso de no cumplir dichos requisitos, se deducirá la carga financiera y un importe equivalente a las cuotas de amortización de la LIS. En cualquier caso, la afectación exclusiva y su correlación con los ingresos deben probarse fehacientemente.

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