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V1570-19 25 juin 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión parcial

Conditions d'application du régime spécial de scission : branche d'activité et motifs économiques valables

La consultante s'interroge sur la qualification en scission de branche d'activité de la division de son patrimoine visant à séparer les activités de location et de promotion immobilière. La DGT précise que, sous réserve de respecter les conditions mercantiles et fiscales d'unité économique autonome, l'opération peut bénéficier du régime spécial.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación de reestructuración descrita, de escisión del patrimonio empresarial, encaja en la definición de escisión de rama de actividad que de la misma da el artículo 76 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y si por lo tanto le resulta aplicable a la operación descrita el régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores, regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de escisión, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad, entendida como una unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios. Asimismo, la entidad escindida debe mantener otra rama de actividad y la operación debe responder a motivos económicos válidos, no a una mera finalidad de ventaja fiscal. En el caso concreto, los motivos de reestructuración y aislamiento de riesgos alegados podrían considerarse económicamente válidos.

L’appliquer à un cas réel

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