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V1482-15 13 mai 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de conditions de participation et de motifs économiques

Une société de promotion immobilière a sollicité un avis sur la possibilité pour trois familles d'apporter leurs actions sous le régime spécial de la LIS. La DGT confirme que cela est possible si les seuils de participation requis sont respectés et si l'opération repose sur des motifs économiques valables, au-delà du seul avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la operación. En el caso de acciones, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS.

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