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V1479-15 13 mai 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión total

Une scission totale peut bénéficier du régime spécial de l'IS sous réserve de conditions mercantiles et économiques

Une société immobilière s'interroge sur l'éligibilité de son opération de scission totale au régime fiscal spécial. La DGT confirme que cela est possible si les conditions de la Loi sur les sociétés de capitaux sont remplies et si l'opération repose sur des motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

La operación puede acogerse al régimen especial de IS si se realiza como escisión total mercantil según la Ley 3/2009. Al recibir los socios participaciones de forma proporcional, no es necesario que los patrimonios constituyan ramas de actividad. Los socios residentes en España no integrarán rentas por la atribución de valores y mantendrán sus valores fiscales. La aplicación del régimen requiere que la operación no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal, sino motivos económicos válidos.

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