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V1469-19 19 juin 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · depósito temporal

Exonération de TVA possible pour les services de logistique de marchandises en entrepôt temporaire

Une entreprise de logistique s'interroge sur l'exonération de TVA applicable à ses prestations pour le compte de transitaires concernant des marchandises en entrepôt temporaire, ainsi que sur les modalités de preuve. La DGT confirme l'exonération et précise que celle-ci doit être justifiée par la documentation douanière et une déclaration du client.

La question posée

Cuestión planteada Si los servicios de logística prestados para los transitarios están exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en ese caso, forma de acreditar la exención.

La position de la DGT

Las prestaciones de servicios sujetas a IVA están exentas según el artículo 23 de la Ley 37/1992 cuando se refieren a mercancías en depósito temporal. Para acreditarlo, el prestador debe disponer de la documentación aduanera de entrada y de la estancia en el almacén, además de una declaración suscrita por el destinatario del servicio manifestando la situación de los bienes. En la base imponible de la importación que se produzca al salir de dicho depósito, se incluirán los gastos accesorios, incluyendo los servicios de logística prestados.

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