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V1449-15 11 mai 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · consolidación fiscal

Détermination du volume d'affaires pour les paiements fractionnés lors de l'exclusion d'entités dépendantes

Une entité dominante s'interroge sur la modalité de paiements fractionnés applicable à son groupe de consolidation si, suite à une cession de participations, certaines entités perdent leur statut de dépendantes au cours de l'exercice. La DGT précise les modalités de calcul pour déterminer si le groupe dépasse le seuil de 6 millions d'euros de chiffre d'affaires après ces exclusions.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si la transmisión de participaciones prevista en el caso de que se llevara a cabo a partir del 1 de enero de 2015 conlleva -ex lege y sin necesidad de optar mediante declaración censal alguna- que el grupo de consolidación del que la entidad consultante es la entidad dominante debe realizar la liquidación de los pagos fraccionados correspondientes al período impositivo 2015 conforme a la modalidad prevista en el artículo 45.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Si las entidades pierden la condición de dependientes, quedan excluidas del grupo fiscal con efecto desde el propio período impositivo. Para determinar si el grupo debe aplicar la modalidad de pagos fraccionados obligatoria (art. 40.3 LIS) por superar 6 millones de euros de cifra de negocios, se debe considerar el momento de la exclusión. Si ocurre antes del primer pago fraccionado, el volumen de operaciones se calcula excluyendo las operaciones de las sociedades excluidas. Si ocurre después de iniciado el plazo del primer pago, el volumen de operaciones no se altera para mantener la misma modalidad en todo el período.

L’appliquer à un cas réel

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