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V1387-21 13 mai 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · domicilio fiscal

La résidence habituelle et le domicile fiscal reposent sur des faits probables et non sur le seul recensement

Une contribuable s'interroge sur la détermination de son domicile fiscal et de sa résidence habituelle afin de bénéficier de déductions pour mobilité et loyer. La DGT précise que la résidence est une question de fait nécessitant une preuve et que les modalités de la déduction régionale doivent être vérifiées auprès de la communauté compétente.

La question posée

Cuestión planteada Desea conocer su domicilio fiscal y su residencia habitual de cara al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el periodo 2020. Posibilidad de aplicación de la deducción por movilidad geográfica y de la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual.

La position de la DGT

El domicilio fiscal para personas físicas es, por regla general, el lugar de su residencia habitual, lo cual es una cuestión de hecho que debe probarse. El simple empadronamiento o el traslado del domicilio fiscal no son pruebas suficientes por sí solos. Para la deducción por movilidad geográfica, es necesario acreditar el cambio efectivo de residencia a un nuevo municipio y que el puesto de trabajo lo exija. Respecto a deducciones autonómicas, la competencia para responder recae en la Administración de la Comunidad Autónoma.

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