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V1110-16 21 mars 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · bases imponibles negativas

Possibilité de compenser les déficits après l'acquisition de 100 % des parts d'une société

Un contribuable s'interroge sur la possibilité, suite à l'acquisition de 100 % des parts d'une société sans lien préalable, de compenser les bases imposables négatives de l'entreprise avec ses bénéfices futurs. La DGT indique que, au vu des faits présentés, les circonstances empêchant ladite compensation ne sont pas réunies.

La question posée

Cuestión planteada Si conforme a lo expresado, una vez adquirida la totalidad del capital social de la sociedad, ésta tendrá derecho a la compensación de las bases imponibles negativas generadas con resultados positivos en ejercicios futuros.

La position de la DGT

La compensación de bases imponibles negativas no será posible si la mayoría del capital es adquirida por personas vinculadas que tenían una participación inferior al 25% al cierre del periodo de la pérdida, o si la entidad no realiza actividad económica, cambia sustancialmente su actividad o es una entidad patrimonial. En el caso concreto, al realizar la entidad actividad económica, en principio no concurren las limitaciones del artículo 26.4 de la LIS, permitiéndose la compensación con los límites y condiciones legales.

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