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V1103-15 10 avril 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de motifs économiques valables

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de parts sociales d'une entité à une autre au régime fiscal spécial. La DGT conclut que cela est possible si les conditions de participation et de détention sont remplies, et si l'opération poursuit des objectifs économiques tels que la réorganisation de l'entreprise, au-delà du seul avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en sus fondos propios. En el caso de acciones o participaciones, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la racionalización de actividades o el relevo generacional.

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