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V0977-21 19 avril 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · estimación objetiva

Impossibilité de réintégrer le régime de l'estimation objective en 2021 après une renonciation en 2019

Le consultant a demandé s'il était possible d'appliquer la méthode de l'estimation objective en 2021 après y avoir renoncé en 2019 lors du début de son activité. La DGT répond que cela est impossible car l'exception prévue par le RDL 35/2020 ne s'applique pas aux renonciations effectuées avant 2020.

La question posée

Cuestión planteada Si, en 2021, podría determinar el rendimiento neto de la actividad por el método de estimación objetiva.

La position de la DGT

La renuncia al método de estimación objetiva obliga a permanecer en el método de estimación directa durante un periodo mínimo de tres años. El artículo 10 del RDL 35/2020 solo permite volver al método de estimación objetiva en 2021 o 2022 para quienes renunciaron en 2020 bajo supuestos específicos. Al haber presentado la renuncia en 2019, el contribuyente debe cumplir el plazo de tres años y no puede acogerse a la medida excepcional.

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