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V0940-21 15 avril 2021 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · exención

Conditions d'exonération de l'impôt sur la fortune pour les participations dans une société holding

Un contribuable s'interroge sur la conformité de sa structure de holding aux conditions d'exonération de l'impôt sur la fortune. La DGT précise que l'exonération exige des moyens suffisants de gestion, des fonctions de direction rémunérées et que les filiales ne doivent pas être de simples sociétés de gestion de patrimoine.

La question posée

Cuestión planteada - Existencia de medios materiales y personales suficientes a efectos de lo previsto en el artículo 4.Ocho.Dos.a).1º de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio.

La position de la DGT

Para la exención, las participaciones en la holding no computarán como valores si se poseen para dirigir la participación y se dispone de medios materiales y personales suficientes. Las funciones de dirección pueden ser ejercidas por un miembro del grupo de parentesco del titular. El arrendamiento de inmuebles será actividad económica si se cuenta con al menos un empleado con contrato laboral a jornada completa. La afectación de bienes dependerá de si son necesarios para la obtención de rendimientos.

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