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V0827-20 13 avril 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por inversión en vivienda habitual

Impossibilité de déduire l'intégralité d'un remboursement anticipé en cas de copropriété à 50 %

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de déduire 100 % d'un remboursement anticipé de son prêt hypothécaire avec ses fonds propres, alors qu'il n'est copropriétaire qu'à hauteur de 50 %. La DGT précise que seule la part proportionnelle à sa quote-part de propriété est déductible.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad por parte del consultante de incluir en su base de deducción la totalidad de dicha cuantía amortizada anticipadamente, y no tan solo la mitad de ésta, al figurar ambos como acreedores solidarios en el préstamo y ser su porcentaje de propiedad en la vivienda del 50 por ciento.

La position de la DGT

Para la deducción por inversión en vivienda habitual, el contribuyente debe poseer el pleno dominio de la vivienda. Solo pueden formar parte de la base de deducción las cantidades vinculadas al préstamo que satisfagan su parte de titularidad. Cualquier cantidad aportada que exceda su porcentaje de propiedad se considerará préstamo, donación o contraprestación a favor de los otros copropietarios y no será deducible.

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