Aller au contenu
Retour à l'index
V0763-20 7 avril 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IVA · régimen simplificado

Présomption de déduction intégrale de la TVA pour les véhicules mixtes de transport de marchandises

Un transporteur s'interroge sur la déductibilité de la TVA et de l'IRPF pour un véhicule mixte utilisé comme véhicule de remplacement en cas de panne. La DGT précise que la déduction de la TVA dépendra de l'affectation du véhicule à l'activité professionnelle.

La question posée

Cuestión planteada 1ª Deducibilidad en el IVA de las cuotas soportadas por la adquisición y gastos ocasionados por el vehículo mixto citado en la consulta.

La position de la DGT

Para el IVA, los vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías (transporte de bienes objeto de comercio) gozan de una presunción de afectación del 100% a la actividad. Si se utiliza para transportar materiales o herramientas, la presunción es del 50%, aunque se puede acreditar un grado mayor. En el IRPF, los vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías están exceptuados de la limitación de uso privado accesorio, permitiendo la deducción de gastos siempre que estén afectos a la actividad.

Évaluation et devis gratuits