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V0752-15 9 mars 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportaciones no dinerarias

Possibilité d'appliquer le régime spécial des apports en nature sous réserve de motifs économiques valables

La question porte sur l'éligibilité au régime spécial de l'apport d'actions d'une société à une nouvelle société holding. La DGT conclut que cela est possible si les conditions de participation et de propriété sont remplies, et si l'opération poursuit des objectifs économiques et non exclusivement fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, se requiere que la entidad receptora sea residente en España y que el aportante mantenga una participación de al menos el 5% en sus fondos propios. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos de gestión, continuidad familiar y relevo generacional pueden considerarse válidos para evitar la aplicación de la exclusión por finalidad meramente fiscal.

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