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V0712-22 1 avril 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · actividad económica

La location immobilière n'est une activité économique que si elle emploie au moins une personne à temps plein

La question porte sur la qualification de la location d'immeubles en activité économique et sur l'éventuelle exonération au titre de l'impôt sur le patrimoine et sur les successions. La DGT précise que pour être considérée comme une activité économique, la location doit employer un travailleur à temps plein, et que l'exonération patrimoniale dépend du fait que ladite activité constitue la principale source de revenus.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta si la actividad de arrendamiento que se plantea realizar tendría la naturaleza de actividad económica a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Asimismo se consulta si los inmuebles arrendados estarían exentos en el Impuesto sobre el Patrimonio y si a su transmisión hereditaria le resultaría de aplicación la reducción por transmisión de empresas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La position de la DGT

El arrendamiento de inmuebles solo constituye actividad económica si se utiliza al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa. La exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones requieren que la actividad sea habitual, personal, directa y la principal fuente de renta del contribuyente. Los bienes en copropiedad se valoran de forma separada a los bienes privativos para determinar su naturaleza económica.

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