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V0655-15 23 février 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión total

La scission totale proportionnelle peut bénéficier du régime spécial de l'impôt sur les sociétés

Une entité envisage une scission totale de son patrimoine (quatre immeubles) afin de renforcer sa situation financière et d'améliorer ses ratios. La DGT analyse si l'opération remplit les conditions requises pour bénéficier du régime spécial de l'IS, de l'ITP/AJD, de l'IIVTNU et de la TVA.

La question posée

Cuestión planteada 1) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

La operación puede ser una escisión total según el art. 76.2 de la Ley 27/2014 si cumple los requisitos mercantiles de la Ley 3/2009. Al ser una escisión proporcional, no es necesario que los patrimonios constituyan ramas de actividad. Los socios residentes en España no integrarán rentas por la atribución de valores y mantendrán sus valores fiscales. La aplicación del régimen exige que la operación no tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos.

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