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V0591-14 6 mars 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · residencia fiscal

Perte de la résidence fiscale en Espagne par transfert de siège social et de direction effective : intégration des revenus latents

Une entité ETVE s'interroge sur la perte de sa résidence fiscale en cas de transfert de son siège social et de son siège de direction effective au Luxembourg, ainsi que sur l'éventuelle exonération des revenus liés à ce transfert. La DGT confirme la perte de la résidence fiscale et précise que l'exonération est conditionnée au respect des exigences de l'article 21.1 du TRLIS durant l'ensemble des exercices de détention.

La question posée

Cuestión planteada 1) Si la entidad consultante perdería la condición de residente fiscal en España como consecuencia del traslado de su domicilio social y de su sede de dirección efectiva a Luxemburgo.

La position de la DGT

El traslado de domicilio y sede de dirección efectiva a otro país, con la correspondiente inscripción en el nuevo registro mercantil y cancelación en el español, provoca la pérdida de la residencia fiscal en España. Las rentas por la diferencia entre valor de mercado y contable de participaciones no residentes podrán estar exentas si se cumplen los requisitos del artículo 21.1 del TRLIS en todos los ejercicios de tenencia. La sucursal en España puede actuar como sociedad dominante del grupo de consolidación si las participaciones de la dependiente quedan afectas a dicha sucursal.

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