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V0541-17 2 mars 2017 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · nuda propiedad

Application de l'abattement de 95 % sur la donation de nue-propriété de parts sociales et consolidation ultérieure

La consultation porte sur l'évaluation et l'application des abattements lors de la donation de la nue-propriété de parts sociales, ainsi que sur la consolidation ultérieure de la pleine propriété suite au décès de l'usufruitier. La DGT précise que la donation de la nue-propriété permet de bénéficier de l'abattement si les conditions sont remplies et qu'à l'extinction de l'usufruit, l'imposition s'effectue sur la valeur que présentait la nue-propriété lors de sa constitution.

La question posée

Cuestión planteada Valoración y liquidación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la adquisición de la nuda propiedad de las participaciones. Tributación en el momento de la consolidación del dominio. Aplicabilidad de la reducción tanto en el momento de la adquisición de la nuda propiedad como en el caso de consolidaicón por fallecimiento del usufructuario.

La position de la DGT

En la donación de nuda propiedad de participaciones, procede la reducción del 95% si se cumplen los requisitos del artículo 20.6 de la Ley 29/1987 y la exención del Impuesto sobre el Patrimonio. Al extinguirse el usufructo, el nudo propietario tributa por el valor atribuido a la nuda propiedad en su constitución, aplicando el tipo medio de gravamen de aquel momento. Es posible trasladar el resto de la reducción si no se pudo aplicar totalmente en la adquisición por insuficiencia de base imponible.

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