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V0518-15 9 février 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature en présence de motifs économiques valables

Des associés s'interrogent sur la possibilité de bénéficier du régime spécial lors de l'apport de participations d'une société de promotion immobilière à une nouvelle holding. La DGT détermine que ce régime est applicable dès lors que les conditions de participation et de détention sont remplies et que des motifs économiques valables sont justifiés.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad beneficiaria debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en sus fondos propios. En el caso de acciones o participaciones, estas deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad no debe tener como actividad principal la gestión de patrimonio inmobiliario. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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