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V0463-24 19 mars 2024 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente Critère en vigueur
OTRO · gases fluorados

La destruction de gaz fluorés après essais n'ouvre pas droit à des exonérations fiscales

Une société d'essais de climatisation s'interroge sur l'application d'exonérations de l'IGFEI lors de l'acquisition ou de l'importation de gaz fluorés pour ses tests. La DGT précise que la destruction des gaz après l'essai ne permet pas de bénéficier d'avantages fiscaux, bien que des cas de remboursement existent si les équipements sont expédiés hors du territoire.

La question posée

Cuestión planteada Dado el uso que hace de los gases fluorados en su actividad, ¿sería aplicable algún tipo de exención, en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI), en la adquisición o importación del gas fluorado?

La position de la DGT

La extracción de gases fluorados para su posterior destrucción por un gestor autorizado no permite aplicar exenciones en el impuesto. Si los gases se adquieren en el territorio nacional, no hay hecho imponible. Si se importan o adquieren intracomunitaria mente, se es contribuyente, pero la destrucción posterior no otorga beneficios fiscales. Solo cabe la devolución del impuesto si los equipos con el gas incorporado se envían fuera del territorio de aplicación del impuesto.

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